Según la Corte, la intercepción masiva de comunicaciones y las disposiciones tomadas para obtener datos de los proveedores de internet violaron el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos sobre el "derecho a la libertad de expresión".
El tribunal menciona especialmente la "libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de las autoridades públicas".
El TEDH dijo estar "particularmente preocupado por la ausencia de cualquier garantía pública respecto a las condiciones en las que las informaciones periodísticas confidenciales pueden ser seleccionadas de forma deliberada para examen".
Estas intercepciones también violaron el artículo 8 de la convención europea del derecho al respeto de la vida privada y familiar, agrega el tribunal.
El TEDH estimó en cambio que el dispositivo para compartir informaciones entre Estados extranjeros no constituía una violación de la Convención.
Según documentos revelados en 2013 por Edward Snowden, que filtró las escuchas de la agencia de seguridad estadounidense, la NSA, los servicios de inteligencia británicos, sobre todo el GCHQ, tienen un papel crucial en la vigilancia de las comunicaciones mundiales.
AFP.com
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