"El Tribunal General recuerda que la importancia de los objetivos perseguidos por los actos impugnados puede justificar las consecuencias negativas, aun cuando sean considerables, que dichos actos tengan para determinados agentes que no tienen ninguna responsabilidad respecto a la situación que condujo a la adopción de las sanciones. Por consiguiente, no puede considerarse que la injerencia en la libertad de empresa y el derecho de propiedad de las entidades de que se trata resulte desproporcionada", señala una declaración publicada en el sitio web del ente.
Desde el 31 de julio de 2014, el Consejo Europeo mantiene contra varios bancos y empresas rusas una serie de medidas restrictivas en respuesta a lo que califica como " acciones de Rusia destinadas a desestabilizar la situación de Ucrania".
Estas sanciones incluyen limitaciones a determinadas operaciones financieras y a la exportación de determinados productos y tecnologías sensibles, restringen el acceso de determinadas entidades rusas al mercado de capital y prohíben que se presten servicios que son necesarios para determinadas operaciones petrolíferas.
Los Veintiocho condicionan la suspensión de las sanciones sectoriales al cumplimiento cabal de los acuerdos de Minsk, que desde 2014 buscan solucionar el conflicto entre Kiev y las repúblicas autoproclamadas de Donetsk y Lugansk.
Moscú, que respondió a las sanciones con un embargo alimentario, sostiene que no es parte del conflicto, no envía sus tropas a Donbás ni apoya a las milicias locales.
Sputnik
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