Cataluña prohíbe a partir de hoy fumar en cualquier espacio público sin distancia

  18 Agosto 2020    Leído: 433
Cataluña prohíbe a partir de hoy fumar en cualquier espacio público sin distancia

El incumplimiento de estas medidas ofrecerá una infracción administrativa.

El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publica hoy una resolución del Departamento de Salud por la cual queda prohibido fumar al aire libre y en cualquier espacio público, incluidas las terrazas de los bares, si no se puede guardar una distancia mínima de dos metros. La resolución, que entra en vigor hoy mismo, también establece que el horario de cierre de los bares y restaurantes será como máximo a la una de la madrugada y que desde la medianoche no podrán acoger nuevos clientes.

La prohibición de fumar al aire libre si no hay dos metros de distancia interpersonal se aplica desde hoy tanto al tabaco como a otros productos, incluidos inhaladores, pipas de agua, cachimbas y otros sistemas, informa Efe. La resolución también recuerda a la ciudadanía la recomendación de limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que estos encuentros, en cualquier caso, no pueden ser de más de diez personas.

La prohibición de fumar en los espacios públicos y la limitación a la una de la madrugada del cierre de bares y restaurantes son medidas extraordinarias para mitigar la propagación del covid que se acordaron por unanimidad el pasado día 14 de agosto para toda España el en Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La resolución que publica hoy el DOCG también recuerda la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en la vía pública para evitar los botellones.

Según la resolución, esta medidas se adoptan «ante la realidad del número de contagios y el incremento de los ingresos hospitalarios» y de acuerdo con la Orden Ministerial de 14 de agosto de 2020 en la que se aprobó la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación especial de riesgo derivada del incremento de casos positivos por Covid-19. «Esta declaración de actuaciones coordinadas se adopta en el marco de las previsiones del artículo 65 de la Ley 16 /2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, que posibilita su adopción en situaciones de especial riesgo para la salud pública y que obliga a todas las partes implicadas», establece la resolución.

La prohibición de fumar en los espacios públicos se mantendrá «mientras no se revoque o modifique el referido Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud o hasta que no se apruebe una nueva resolución que modifique, module o amplíe las medidas que contiene esta disposición». Además de limitar el horario de cierre de los bares y restaurantes, la resolución también obliga a «garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio de barra» y la distancia entre mesas, donde en una misma no se podrán congregar más de 10 personas.

El incumplimiento de estas medidas supondrá una infracción administrativa, de conformidad con lo que dispone el Decreto ley 30/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.


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