La Corte calificó como inconstitucional tal prohibición, la cual prohibía el ingreso "a los que aconsejen, ensañen o proclamen el desconocimiento de las autoridades de la República o de sus leyes, o el derrocamiento por la fuerza y la violencia de su gobierno; a los anarquistas y a los comunistas que atenten contra el derecho de propiedad".
Los demandantes de la norma señalaron que la misma desconocía la Constitución en lo relacionado con la dignidad humana y el principio de trato igualitario en razón a la ideología política.
Por su parte, la Procuraduría indicó que la norma fue promulgada en un contexto histórico en el que las expresiones "anarquista" y "comunista" eran consideradas ideas "peligrosas para la moral", lo cual ya cambió.
Sin embargo, la ley sigue vigente para otras disposiciones, como la prohibición de ingreso a "vagos" y similares.
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