Si conduces medicado puede que tu seguro no te cubra

  08 Octubre 2019    Leído: 889
Si conduces medicado puede que tu seguro no te cubra

Las compañías pueden reclamar las indemnizaciones a conductores implicados en accidentes bajo los efectos de determinados fármacos.

Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), el 5% de los accidentes de tráfico que se producen está provocado por el consumo de medicamentos, una circunstancia que puede afectar al 30% de los conductores españoles que se encuentran en tratamiento farmacológico. A esta realidad se debe añadir que el 25% de los medicamentos autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios pueden influir en la conducción, alguno de ellos de forma muy significativa.

Se trata de un problema de seguridad vial mucho menos conocido y considerado, por razones evidentes, que el consumo de alcohol y drogas, aunque no por ello menos trascendente. Afecta especialmente al colectivo de conductores de mayor edad, por encima de los 65 años, que de forma general consume medicamentos con mayor frecuencia o incluso en tratamientos crónicos.

Sin embargo, para las compañías aseguradoras conducir bajo los efectos de estas sustancias es equiparable, en algunos casos, a hacerlo en estado de ebriedad o drogado, con las consecuencias legales que ello acarrea.

Los fármacos con estas contraindicaciones están catalogados en tres grupos e identificados en su propio envase, siendo los de la tercera categoría los que directamente deberían impedir ponerse a los mandos de un vehículo. Son precisamente estos últimos los que pueden generar conflictos con las compañías aseguradores en caso de accidente, tal y como confirma Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), en una entrevista publicada en la revista ‘Discovery Salud’.

El abogado explica que la legislación regula la exclusión de la cobertura de las pólizas de seguro obligatorio los accidentes causados por conductores bajos los efectos de las drogas y medicamentos. Detalla que “las víctimas de ese accidente van a estar protegidas, la compañía indemnizará a los afectados, pero después reclamará esas cantidades al conductor culpable”.

Arnaldo considera que existe mucha desinformación al respecto: “Falta claridad, no se explica que consumir un fármaco puede derivar en la pérdida de ciertas coberturas. Sólo podría exonerar al afectado de su responsabilidad un certificado médico que acredite que el medicamento lo prescribió un facultativo y no afecta a la conducción”. Un detalle este último muy importante teniendo en cuenta que uno de cada cuatro españoles se automedica sin conocer los riesgos de ello.

Los medicamentos derivados de los opiáceos son los más llegan a influir en la conducción y su presencia en el organismo se puede detectar mediante en las pruebas de saliva que se realizan en los controles de droga. En el caso de tratarse de fármacos prohibidos para la conducción, Arnaldo insiste en que las compañías aseguradoras tendrán la pretensión de querer cobrar a los conductores las indemnizaciones correspondientes, que dependiendo de la gravedad del accidente pueden alcanzar cantidades muy elevadas.

En este sentido, en las declaraciones a ‘Discovery Salud’, el presidente de AEA cree que se hace necesaria una mayor implicación de las aseguradoras en esta problemática: “Las compañías de seguros deberían ser las primeras interesadas en hacer pedagogía sobre los riesgos de conducir automedicado y cuando por prescripción médica se consumen sustancias que pueden afectar a la conducción. Porque su negocio consiste en que no haya siniestros”.

elpais


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