El caso de los prisioneros de Kalbadzar está examinandose por el Tribunal Europeo

  01 Agosto 2017    Leído: 1277
El caso de los prisioneros de Kalbadzar está examinandose por el Tribunal Europeo
El caso de Dilgam Asguerov y Shahbaz Guliyev que están cogidos prisioneros por los armenios se examinará por el Tribunal Europeo.

Lo colocó en su web página de “Facebook” el abogado Fariz Namazli .

El abogado subrayó que el Tribunal Europeo se había contactado con las esposas de los prisioneros de Kalbadzar Firuza Asguerova y Albina Veselova tocante al caso examinado contra Armenia: ¨Estas personas son las esposas de los mencionados arriba prisioneros cogidos en Kalbadzar por los armenios, y según el Convenio del Tribunal Europeo,es decir conforme al

Artículo 3 (Prohibición de la tortura)

Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

Artículo 5. (Derecho a la libertad y a la seguridad)

2. Toda persona detenida debe ser informada, en el plazo más breve posible y en una lengua que comprenda, de los motivos de su detención y de cualquier acusación formulada contra ella.

3. Toda persona detenida o privada de libertad en las condiciones previstas en el párrafo 1 c), del presente artículo deberá ser conducida sin dilación ante un juez u otra autoridad habilitada por la ley para ejercer poderes judiciales y tendrá derecho a ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad durante el procedimiento. La puesta en libertad puede ser condicionada a una garantía que asegure la comparecencia del interesado a juicio.

4. Toda persona privada de su libertad mediante arresto o
detención tendrá derecho a presentar un recurso ante un órgano judicial, a fin de que se pronuncie en breve plazo sobre la legalidad de su detención y ordene su puesta en libertad si dicha detención fuera ilegal.

Artículo 6(Derecho a un proceso equitativo)

1. Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa,públicamente y dentro de un plazo razonable, por un Tribunal independiente e imparcial, establecido por ley, que decidirá los litigios sobre sus derechos y obligaciones de carácter civil o sobre el fundamento de cualquier acusación en materia penal dirigida contra ella. La sentencia debe ser pronunciada públicamente, pero el acceso a la sala de audiencia puede ser prohibido a la prensa y al público durante la totalidad o parte del proceso en interés de la moralidad, del orden público o de la seguridad nacional en una sociedad democrática, cuando los intereses de los menores o la protección de la vida privada de las partes en el proceso así lo exijan o en la medida en que sea considerado estrictamente necesario por el tribunal, cuando en circunstancias especiales la publicidad pudiera ser perjudicial para los intereses de la justicia.

2. Toda persona acusada de una infracción se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada.

3. Todo acusado tiene, como mínimo, los siguientes derechos: a) a ser informado, en el más breve plazo, en una lengua que comprenda y de manera detallada, de la naturaleza y de la causa de la acusación formulada contra él.

4. 6.3 a (todo acusado tiene, como mínimo, los siguientes derechos: a) a ser informado, en el más breve plazo, en una lengua que comprenda y de manera detallada, de la naturaleza y de la causa de la acusación formulada contra él)

5. 6.3b (a disponer del tiempo y de las facilidades necesarias para la preparación de su defensa;)

6. 6.3c (a defenderse por sí mismo o a ser asistido por un defensor de su elección y, si carece de medios para pagarlo, a poder ser asistido gratuitamente por un abogado de oficio, cuando los intereses de la justicia así lo exijan;)

7. 6.3 e (a ser asistido gratuitamente de un intérprete si no comprende o no habla la lengua empleada en la audiencia), 8(violación del derecho al respeto a la vida privada y familiar)

8. Artículo 2 del protocolo n°4 (no respetar la libertad del movimiento por las acusaciones de pasar la frontera no reconocida), cómo se considera este acto de acuerdo con el artículo 7(no hay pena sin ley), 13( derecho a un recurso efectivo) y 14(prohibición de discriminación étnica y nacional).

Al mismo tiempo el Tribunal exigió al Gobierno presentar los documentos necesarios sobre el estado de salud de Dilgam y Shahbaz.

Subrayemos que el miembro del Presidium de la Collegia de Abogados de la República de Azerbaiyán Anar Baghirov defiende los derechos de Dilgam Asgarov y Shahbaz Guliyev en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Zahra Aslanli
Sevda Bakirova

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