Irán califica decreto migratorio de EEUU de discriminatorio hacia los musulmanes
La Corte Suprema de Justicia de EEUU autorizó este 26 de junio la aplicación del decreto migratorio del presidente Donald Trump con algunas limitaciones y fijó para octubre la audiencia para tratar el fondo del asunto.
Así el máximo tribunal permite al presidente aplicar con limitaciones su prohibición de ingreso por 90 días a los viajeros de seis países de población mayoritariamente musulmana, Libia, Irán, Somalia, Sudán, Siria y Yemen, y la suspensión de la acogida de refugiados por 120 días.
La Corte sostuvo que el fondo de apelación será tratado en su primera sesión en el mes de octubre y solicita a las partes, los denunciantes del decreto migratorio de Trump y el Gobierno, que consideren si para entonces el debate jurídico seguirá siendo relevante.
El decreto migratorio expedido por el Gobierno tiene carácter temporal, pues en el plazo de 90 días de su aplicación se debe realizar una revisión de los mecanismos de control de ingreso de extranjeros.
Por eso la Corte advierte a las autoridades que espera que esa revisión se lleve a cabo completamente en el plazo de 90 días.
En su decisión de este lunes, la Corte accedió al pedido del Gobierno de consolidar los pedidos de suspensión de dos amparos, emitidos por jueces de Maryland y de Hawái y ratificados luego por sendos tribunales de apelación.
Esas decisiones judiciales fueron la respuesta a las solicitudes para frenar el decreto migratorio de Trump, por su presunto carácter discriminatorio respecto a la religión de los afectados, en este caso la población musulmana.
Reuters