Fiscalía General : Samvel Babayán reconoció su implicación al contrabando de las armas ¨Aguja¨

  27 Marzo 2017    Leído: 901
Fiscalía General : Samvel Babayán reconoció su implicación al contrabando de las armas ¨Aguja¨
En el transcurso de la interrogación excomandante del Ejército de Defensa de Karabaj Samvel Babayán y los otros detenidos reconocieron su participación al contrabando tubo lanzacohetes ´´Aguja´´ y cohetes ¨9M39¨.Ellos presentaron información sobre las circunstancias del caso.En la declaración extendida por la Fiscalía General de Armenia se lo aborda.

Conforme al puente ,en el resultado de las acciones realizadas por el Servicio de la Seguridad Nacional el 22 de marzo fueron descubiertos parte componente del complejo de misiles antiaéreos ¨Aguja¨,tubo lanzacohetes de las armas ¨Aguja´´ y misiles ´´9M39¨ del mismo complejo.

¨Relacionado con esto el 22 de marzo en el Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalìa del Servicio de la Seguridad Nacional fue incoada una causa criminal según indicaciones del artículo 235.2 y 235.1,2 del Códico Penal de Armenia.De acuerdo a la sospecha de la participación en este delito el 22 de marzo de 2017 fueron detenidos 3 personas ,incluso Samvel Babayán.Al amparo de las pruebas suficientes adquerridas en el transcurso de las pesquisas Samvel Babayán y sus asociados fueron entablados denuncias según indicaciones del artículo 235.2 y 235.1 y .2 .

Aunque los acusados no reconocieron su culpa en la denuncia entablada ,en el transcurso de la declaración indagatoria ellos ,incluido Samvel Babayán, reconocieron su referencia al contrabando de los municios indicados y informaron los datos de los que disponían respecto a las circunstancias del asunto.

El 24 de marzo pasado el Tribunal de Ereván tomó la decisión de adoptar hacia los acusados la medida cautelar por concepto del arresto en un plazo de dos meses.Sigue la diligencia judicial “,-se informa en el informe del Ministerio Fiscal.

Cabe destacar que el artículo 235 (adquisición ilegal, compra, almacenamiento, transporte o posesión de armas de fuego(excepto las armas de fuego de cañon liso y cartucho),municiones, cartuchos de las armas de fuego rayadas,substancias explosivas o armas explosivas) prevé el castigo por concepto de la sanción de privación de la libertad en un plazo de dos a seis años. El art.235.1-la sanción de privación de la libertad en un plazo de dos a seis años con la confiscación de los bienes.

Zahra Aslanli
Roksana Tarlan

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