Los firmantes del documento, al que ha tenido acceso este diario, de ocho páginas, son un representante de la sociedad Antartic Vintage y, por parte del consistorio, el entonces número dos de Trias, Joaquim Forn, y el secretario de la corporación, Jordi Cases. Ayer, la Fiscalía de Barcelona anunció que ha abierto una investigación a Trias (CiU) por un delito de malversación de caudales públicos, por haber pagado el alquiler con fondos municipales. El propio ex alcalde compareció ayer para asegurar que el contrato se ajustó a derecho y se firmó pensando en el interés general.
Trias dice que pagó el alquiler okupa para evitar un “conflicto grave”
Ante una situación insólita, la de un ayuntamiento conservador que opta por pagar el alquiler de un local a unos okupas para evitar problemas, el contrato, está también lleno de singularidades. Por ejemplo, las partes reconocen que "desconocen el estado actual del local y sus instalaciones, asumiéndolo y aceptándolo, sea cual sea, la arrendataria [el ayuntamiento] y obligándose a pesar de ello a restituirlo al final del contrato en buenas condiciones para su uso inmediato". También especifica que el consistorio destinará el local "a actividades lícitas y no lucrativas" y que permitirá el uso a sus "actuales ocupantes".
En el capítulo de gastos que de acuerdo con el contrato asume el Ayuntamiento, también figuran los ocasionados por los desperfectos que se produzcan en el interior del local y de sus instalaciones. Aquí el grado de detalle en la enumeración impresiona: "Cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado mantenimiento, gastos de conservación y reparación de las instalaciones de agua, gas, electricidad, calefacción e instalaciones sanitarias y de servicios, calentador, antena de televisión, y en particular, todos los desagües, atascos, arreglo de la cocina, fregaderos, lavaderos, aire acondicionado y sus tuberías".
Sobre la vigencia del contrato, especifica que durará un año, hasta el 31 de diciembre de 2015, una duración "que se fija en atención a la efectiva consecución por parte de la arrendataria del objetivo de desalojar pacíficamente el local". Establece también que se podrán hacer prórrogas trimestrales y que la propiedad se compromete a solicitar al juzgado la suspensión de la orden de desalojo y "mantenerla como mínimo durante cinco años y 16 días, hasta el 31 de diciembre de 2019".
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