MAE ha difundido un anuncio sobre la facilitación de visados en relación con el Congreso Internacional de Astronáutica

  10 Agosto 2023    Leído: 1261
  MAE ha difundido un anuncio sobre la facilitación de visados en relación con el Congreso Internacional de Astronáutica

El Ministerio de Asuntos Exteriores ha difundido un comunicado sobre la simplificación de los procedimientos de visado para los extranjeros y apátridas que deseen llegar a la República de Azerbaiyán en relación con el 74º Congreso Internacional de Astronáutica.

Los extranjeros y apátridas que lleguen a la República de Azerbaiyán en relación con el 74º Congreso Internacional de Astronáutica podrán obtener visados en los aeropuertos internacionales de la República de Azerbaiyán del 20 de septiembre al 7 de octubre de 2023.

Se considerará como base para la expedición del visado uno de los siguientes documentos

- Un documento que confirme la realización de la inscripción a través del sistema electrónico de inscripción de conformidad con las normas pertinentes de la Federación Astronáutica Internacional, que es el organizador internacional del 74º Congreso Astronáutico Internacional;

- Carta de invitación oficial de la entidad jurídica de derecho público "Agencia Espacial de la República de Azerbaiyán (Azercosmos)" subordinada al Ministerio de Desarrollo Digital y Transporte de la República de Azerbaiyán en relación con el 74º Congreso Astronáutico Internacional.

ASAN VİSA

- El procedimiento de registro del visado electrónico de entrada única o múltiple expedido a través del sistema ASAN Visa lo realiza la Agencia Estatal de Servicios al Ciudadano e Innovaciones Sociales dependiente del Presidente de la República de Azerbaiyán. El período de estancia en el país con un visado electrónico de entrada única expedido a través del sistema ASAN Visa en un plazo de 3 días laborables se establece hasta 30 días, y el período de estancia en el país con un visado electrónico de entrada múltiple - hasta 90 días.

- Además, los extranjeros y apátridas, independientemente de los días laborables y festivos, pueden solicitar a través del sistema ASAN Visa la expedición de un visado electrónico de entrada única de forma acelerada en un plazo de 3 horas conectándose a www.evisa.gov.az.

- Desde el 15 de mayo de 2018, en los casos estipulados en las leyes de la República de Azerbaiyán, los decretos del Presidente de la República de Azerbaiyán y los acuerdos interestatales o intergubernamentales de la República de Azerbaiyán, la expedición de visado electrónico de entrada única a extranjeros y apátridas a través del sistema ASAN Visa se lleva a cabo en los aeropuertos internacionales de la República de Azerbaiyán.

- La expedición de visados en los aeropuertos internacionales de la República de Azerbaiyán a través del sistema ASAN Visa, así como la realización de pagos relacionados con los visados a través del sistema "ASAN payment" corre a cargo de la Agencia Estatal de Servicios a los Ciudadanos e Innovaciones Sociales dependiente del Presidente de la República de Azerbaiyán.

Nota: El visado único se expide únicamente a los ciudadanos de los países indicados en la lista.

En los siguientes casos y personas en los aeropuertos internacionales de la República de Azerbaiyán se expide un visado que establece un periodo de estancia en el país de 30 días:

1.Las personas que acompañen a ciudadanos del Estado de Qatar, el Sultanato de Omán, el Reino de Arabia Saudí, el Reino de Bahréin y el Estado de Kuwait, así como los titulares de una tarjeta de residencia de estos países.

2.Personas titulares de un visado de residencia con un período de validez superior a 6 meses en los Emiratos Árabes Unidos.

3. Los ciudadanos de los Estados Unidos de América que lleguen únicamente en el vuelo Nueva York-Bakú.

4.Al entrar en la República de Azerbaiyán por fallecimiento de un familiar residente en la República de Azerbaiyán (sobre la base de un documento que confirme el fallecimiento del familiar).

5.Al entrar en la República de Azerbaiyán ciudadanos de países extranjeros en los que no estén acreditadas misiones diplomáticas ni consulados de la República de Azerbaiyán y que tengan comunicación aérea directa con la República de Azerbaiyán.


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